Orden Europea de Dentención y Entrega
Abogados especialistas en Orden Europea de Dentención y Entrega
La Orden Europea de Detención y Entrega consiste en una resolución judicial dictada por un órgano jurisdiccional de un Estado miembro y dirigida a una autoridad judicial de otro Estado miembro, en la que, en el trascurso de un proceso penal, bien durante la instrucción o en la fase de ejecución de una sentencia firme, solicita la búsqueda, captura, detención y posterior entrega de una persona reclamada que se encuentra en su territorio.
En CASTILLO CASTRILLÓN ABOGADOS, somos especialistas en Derecho Penal Comunitario y podemos garantizar la mejor línea de defensa en las distintas fases de una Euroorden.
En nuestro despacho contamos con una amplia experiencia en las diferentes clases de Euroorden que existen:
En algunos casos el objetivo de la misma será ejercer las acciones penales contra una persona investigada por la comisión de delitos castigados en el Estado de emisión con una pena o medida de seguridad privativa de libertad cuya duración máxima sea de, al menos, 12 meses. En otros, la Euroorden tendrá como propósito ejecutar una condena firme de una pena o medida de seguridad privativa de libertad no inferior a cuatro meses.
En CASTILLO CASTRILLÓN ABOGADOS asistiremos en cada una de las fases de una Euroorden, dado que los órganos encargados de la recepción y ejecución de una Euroorden emitida por un Estado miembro, corresponde a los Juzgados Centrales de Instrucción y a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Como despacho especializado en este tipo de asuntos, somos capaces de garantizar la mejor línea de defensa de nuestros clientes, a través de un riguroso estudio de cada caso en combinación con un trato personal y de excelencia hacia nuestros representados.
Consúltenos su caso:
¿Es necesario que sea delito en ambos Estados?
La tramitación de una Euroorden por parte de la autoridad judicial española requiere el análisis de distintos requisitos para proceder, o no, a su ejecución, entre otros relativos a los hechos punibles que constan en la Euroorden:
– El primero, se prevé un listado de hechos delictivos que, en el caso de estar castigados en el Estado de emisión por una determinada pena, da lugar a la ejecución de la Euroorden sin necesidad de la existencia de una doble incriminación.
– Segundo, se relaciona un conjunto de hechos delictivos en los que se exige que también estén tipificados como delito en el ordenamiento del estado receptor de la Euroorden, se requiere, por lo tanto, una doble incriminación.
¿Por qué ofrecemos asistencia legal y asesoramiento integrales?
En CASTILLO CASTRILLÓN ABOGADOS estudiaremos detenidamente los requisitos de la Euroorden y te asesoraremos durante todo el proceso, en concreto:
- La constancia de traducción a la lengua oficial del estado receptor de la Euroorden
- La proporcionalidad de la medida y la existencia de instrumentos jurídicos alternativos más adecuadas al caso concreto
- La ausencia de doble tipificación aducida anteriormente.
- Que no exista litispendencia por un procedimiento penal referido a los mismos hechos en nuestro país.
- Que no exista cosa juzgada por los mismos hechos que motivan la Euroorden
- El computo de plazos.
- La asistencia jurídica durante la detención y posterior comparecencia judicial, velando por tus derechos, principalmente:
– Derecho a interprete en su comunicación con autoridades judiciales y su abogado.
– Derecho a recurrir la decisión que no estime la necesidad de interpretación o reclamar por la falta de calidad de una interpretación.
– Derecho a la traducción de la Euroorden con calidad suficiente.
– Derecho a ser informado por escrito sobre los derechos que le asisten en el momento de la detención.
En CASTILLO CASTRILLÓN ABOGADOS estaremos encantados de asesorarte.
Contacta con nosotros, seguro que podemos ayudarte.