Proyecto de Ley sobre mascotas y custodia compartida

El 6 de agosto, el Pleno del Consell de la Generalitat Valenciana aprobó el proyecto de ley de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de los Animales de Compañía, cuyo anteproyecto fue presentado en octubre del año pasado. Esta nueva legislación sustituirá a la actual ley 4/1994 del 8 de julio.

GENERALITAT VALENCIANA

Esta  ley en pionera en la protección de animales e impide que se les trate a los animales como objetos, reconociendo a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, impidiendo de forma rotunda el sacrificio de los animales de compañía sin causa justificada que será comprobada  por un veterinario y endureciendo las sanciones que alcanzan la cuantía de 48.000€.

Aprovechando esta Ley y la des cosificación de los animales de compañía, la Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA) solicita una modificación del art. 92.7 de CC, en caso de ruptura de pareja, se pueda denegar la custodia compartida a los padres si en alguna ocasión han maltratado a las mascotas o han amenazado con hacerlo. 

Este colectivo especializado en protección del menor entiende que  el maltrato hacia los animales, o la amenaza de cometerlo, puede suponer una forma de violencia psicológica sobre los niños, causándoles dolor, ansiedad o miedo al ver sufrir a su mascota.

El actual art 92.7 del CC en su redacción actual indica que no procederá la guarda conjunta cuando “cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos”.  

La intención de este colectivo es que se modifique el mencionado artículo incluyendo a los animales de compañía, de forma que si alguno de los progenitores maltratará a un animal doméstico podría verse privado de la guarda y custodia compartida como ahora ocurre en el supuesto de que los maltratos se dirijan al otro cónyuge o hijos.