¿Se puede reclamar ante cualquier entidad pública?
Todos los ciudadanos, tal como lo señala la Constitución Española en su artículo 106.2, tienen en sus manos el derecho a reclamar y ser indemnizados por el daño que pueden sufrir sus bienes o sus derechos por el inadecuado funcionamiento de los servicios públicos. Esto conlleva a que la obligación recaiga sobre cualquier modalidad de la Administración Pública, pudiendo ser la Administración General del Estado, comunidades autónomas, diputaciones, ayuntamientos y cualquier entidad que se encuentre vinculada o tenga dependencia de otras administraciones públicas.
¿Cuándo puede hacer reclamaciones a entidades públicas?
Si un ciudadano sufre una lesión en la calle o en un edificio público como resultado de su mal estado de conservación, tiene derecho a reclamar. También tiene la posibilidad de emitir su queja si el daño es sufrido a consecuencia de la ejecución inapropiada de alguna obra pública.
Los perjuicios que pueden ser ocasionados por las entidades públicas poseen la consideración de un «funcionamiento anormal» de un determinado servicio público. Cuando se produce la acción o la inacción de alguna entidad pública y esta situación afecta a los bienes materiales de la persona, también puede erosionar sus derechos o incluso su integridad física, la persona tiene el deber de reclamar y, además, tiene el derecho de recibir una indemnización.
La reclamación debe realizarse por parte de los ciudadanos afectados contra el órgano administrativo que haya provocado el perjuicio perjudicado, y debe hacerse frente a la entidad bien, ya sea el Ayuntamiento o cualquier otro.
¿Qué pasos debe seguir para las reclamaciones a entidades públicas?
Existen una serie de pasos muy importantes que deben cumplirse en el proceso en que los ciudadanos tengan que presentar alguna reclamación a entidades públicas:
1. Presentar la reclamación de responsabilidad patrimonial ante el ente administrativo
La persona afectada debe presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración Pública responsable del daño que origina la reclamación. En caso de que deniega la indemnización, tendrá la posibilidad de solicitarla ante la Justicia.
2. Respetar el plazo de presentación de la reclamación
El plazo para poder presentar la reclamación a la entidad pública es de un año contado desde el momento en que se produce el hecho. Si existe un daño físico o psíquico, este periodo debe empezar a contarse desde la curación o desde el momento en que se haya determinado el alcance total de las secuelas definitivas del daño.
3. Identificar a la víctima y el daño en concreto
Cuando se procede a realizar la reclamación se tiene que identificar con precisión a la persona que ha sufrido la lesión y detallar concretamente cuál ha sido el daño o lesión que padeció la persona. Junto a la reclamación se deben adjuntar todas las pruebas disponibles, tomando en cuenta el tipo de daño que se haya ocasionado por causa de la Administración. Por ejemplo, si una persona sufrió de una fractura de pierna al caer, ya que la acera se encontraba en mal estado, en el momento de hacer la reclamación debe incluir un registro fotográfico, también el parte médico de urgencias y la declaración de algunas personas que sirvan como testigos presenciales. Por consiguiente, se debe presentar todas las pruebas posibles que sirvan para demostrar las pésimas condiciones de la calzada.
4. Esperar el plazo de resolución
La Administración tiene que dar respuesta sobre la reclamación del expediente en el plazo máximo de seis meses desde el momento en que la reclamación ha entrado en el registro. Es de vital importancia tener en cuenta que si la Administración no llega a resolver el expediente durante este plazo, se tiene que entender que la pretensión del ciudadano ha sido desestimada, por lo que esta situación se denomina silencio administrativo, lo que quiere decir que no hay contestación de la entidad pública.
5. Si es rechazado el recurso se puede acudir ante los juzgados
Si ha ocurrido una negación a la indemnización por parte de la entidad, el ciudadano puede interponer un recurso ante los juzgados y tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa. Esta acción requiere que el ciudadano cuente con la representación y la asistencia técnica de un abogado. El plazo para realizarla es de dos meses a partir desde que se produjo la notificación de la resolución.
¿Dónde debe presentar la reclamación?
Un proceso de reclamación contra la Administración Pública o alguna entidad en específico se debe realizar en los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado.
También existe la posibilidad de hacerlo en los registros de cualquier administración de las Comunidades Autónomas o de una entidad integrante de la Administración local en el caso de que hayan suscrito un convenio con la Administración del Estado. Además, tiene la posibilidad de presentar dicha reclamación en las oficinas de correos y, si el ciudadano se encuentra fuera de España, puede actuar en las representaciones diplomáticas o en las oficinas consulares de nuestro país en el extranjero.
¿Cuáles son los requisitos para hacer reclamaciones a las entidades públicas?
Las entidades públicas tal y como cualquier empresa o particular, tienen el deber de responder por los daños y perjuicios que ocasionen a terceros como consecuencia del errático funcionamiento de los servicios públicos o alguna situación de inacción desde su seno.
Comprobar la conexión entre el daño o lesión originada y la actuación anormal de la entidad siempre será de vital importancia, por lo que aparte de las pruebas tangibles del hecho, como informes médicos, fotografías, testigos, o cualquier otro medio que sirva de prueba, existen otros requisitos que son necesarios en la presentación para que se pueda demostrar la responsabilidad patrimonial de la Administración: